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    Episodes (6)

    En 3 Minutos Noticias Toluca 3 Marzo 2023

    En 3 Minutos Noticias Toluca 3 Marzo 2023
    El resumen de las noticias de Toluca, Estado de México, del 3 de marzo de 2023, con Felipe González.
    En este episodio: El gobernador Alfredo Del Mazo hizo un llamado a la responsabilidad, la mesura y la tolerancia en torno al proceso electoral para elegir a la gubernatura. El actor Tenoch Huerta, galardonado este jueves con la presea estado de México en Arte y Cultura, pidió que se abran los espacios para el bienestar de la gente. El promedio general de ocupación de los hospitales Covid del estado es del 3.9 por ciento. La tercera parte de las quejas presentadas ante la Procuraduría de Protección al Contribuyente están relacionadas con la devolución de impuestos.

    La luz y el sufrido contribuyente

    La luz y el sufrido contribuyente
    Uno de los factores que desató la rebelión de las colonias británicas en Norteamérica contra la metrópoli fue lo que se consideraba una excesiva y confiscatoria carga tributaria. Hubo otros de fondo que fueron decisivos, pero los dejaré para otra ocasión. Los colonos consideraban que pagaban mucho y recibían poco. Esto desató una brutal guerra civil, ciertamente idealizada en libros, películas y series porque se convirtió en una lucha por la libertad y la independencia frente a la ominosa opresión de Londres.

    E28 Dato peque del trueque: ¿Has escuchado que el SAT revisará los depósitos en efectivo a partir de 15 mil pesos?

    E28 Dato peque del trueque: ¿Has escuchado que el SAT revisará los depósitos en efectivo a partir de 15 mil pesos?
    Las instituciones financieras están obligadas a presentar los avisos según corresponda de acuerdo con los depósitos en efectivo que reciban por sus clientes.
    En términos del artículo 55, fracción IV de la Ley de ISR, las instituciones financieras presentarán aviso cuando sus clientes, es decir, cualquiera de nosotros reciba depósitos en efectivo, retire o cobre cheques en ventanilla:
    Para tal efecto se consideran tres formatos distintos de aviso que tendrá que dar el banco respecto de las operaciones de sus clientes:
    1) Cuando el monto sea superior a $15,000 pesos.
    2) Cuando el total de los depósitos del mes sumen $15,000
    3) Cuando sus clientes no reciban deposito en efectivo por ningún monto en el mes.
    Estos avisos las instituciones financieras los tendrán que presentar de manera mensual por cliente en los términos que establece del Reglamento del CFF y el Anexo 1-A Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones al RFC.
    Asimismo, las instituciones financieras, cuando sus clientes en el ejercicio, o bien, durante uno o varios meses no reciban depósitos en efectivo que exceda el monto acumulado mensual de $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M. N.) deberán informar mediante las formas electrónicas IDE-A “Declaración anual de depósitos en efectivo” o IDEM “Declaración mensual de depósitos en efectivo”, ambas contenidas en el Anexo 1, rubro A, numeral 2, según sea el caso; sin operaciones, por el ejercicio o periodo de que se trate.
    ¿Quiénes presentan los avisos?
    Instituciones del Sistema Financiero que paguen intereses cuando el monto mensual acumulado por los depósitos en efectivo que se realicen en todas las cuentas de las que el contribuyente sea titular en una misma Institución del Sistema Financiero exceda de $15,000.00 (Quince mil pesos 00/100 M.N.), así como respecto de todas las adquisiciones en efectivo de cheques de caja.
    ¿Periodicidad y Cuándo se presenta?
    De manera en este ejercicio 2021 presentando a más tardar el día 10 del mes de calendario inmediato siguiente al que corresponda.
    También anual 2020 más tardar el 15 de febrero de cada año.
    El Objetivo que persigue es cumplir con la obligación establecida en la Ley del Impuesto sobre la Renta de informar sobre los depósitos en efectivo que se realicen en todas las cuentas de las que el contribuyente sea titular en una misma Institución del Sistema Financiero.
    El fundamento legal por si lo quieres saber es el siguiente:
    •Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2021: Artículo 94.
    •Resolución Miscelánea Fiscal para 2021: Reglas 3.5.11, 3.5.12, 3.5.13 y 3.5.14, Anexo 1, rubro A, numeral 2 y Anexo 1-A Trámite 74/ ISR y 75/ISR.
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